Condiciones de venta y entrega de Assmann Electronic GmbH
Estado: 21.05.2019
1. Ámbito de aplicación
Nuestros términos y
condiciones se aplican a todos nuestros contratos relativos a la
entrega de bienes. Se aplican a los empresarios, a las personas
jurídicas de derecho público y a los bienes especiales de derecho
público. Nuestros términos y condiciones se aplicarán exclusivamente.
Las condiciones contrarias o divergentes sólo serán vinculantes en la
medida en que se hayan aceptado explícitamente por escrito.
2. Ofertas y pedidos
2.1 Nuestras
ofertas, así como los datos y la información que proporcionamos están
sujetos a confirmación y no son vinculantes. Los pedidos sólo serán
vinculantes después de que nosotros los hayamos confirmado. Los acuerdos
verbales adicionales sólo se aplicarán en la medida en que se confirmen
por escrito o en forma de texto.
2.2 El valor mínimo del pedido por encargo será de 500 Euros.
3. Plazos de entrega y entregas
3.1
En cuanto a la extensión y el tiempo de la entrega, la información
escrita suministrada por nosotros se aplicará exclusivamente. Los
acuerdos y modificaciones adicionales deben ser confirmados por nosotros
por escrito.
3.2 Nuestra obligación de entrega está sujeta a
un suministro correcto y oportuno para nosotros mismos. Esto no se
aplica, siempre y cuando seamos responsables de la falta de entrega
correspondiente. En caso de que sea previsible que una entrega
específica no pueda realizarse a tiempo, se lo notificaremos al cliente
por escrito o en forma de texto, incluyendo los motivos respectivos y la
fecha estimada de entrega, en la medida de lo posible. Sólo nos
retrasaremos en la entrega, una vez transcurrido un plazo de entrega
razonable, siempre y cuando seamos responsables de la falta de entrega
respectiva, y siempre y cuando el cliente haya cumplido sus obligaciones
en su totalidad.
3.3 A menos que se estipule lo contrario
por escrito de nuestra parte, la entrega se realizará desde el depósito
de Lüdenscheid 58513. Los gastos de transporte y los riesgos, así como
los gastos de carga y embalaje correrán a cargo del cliente. El cliente
será responsable del cumplimiento de las posibles condiciones de
exclusión, como las Condiciones Generales de Reenvío Alemanas (ADSp, por
sus siglas en alemán).
3.4 En caso de fuerza mayor,
quedaremos liberados de sus obligaciones de prestación durante el tiempo
y el alcance de las consecuencias. Por fuerza mayor se entenderá
cualquier acontecimiento fuera de nuestra zona de influencia que nos
impida cumplir total o parcialmente con nuestras obligaciones. Esto
incluye, en particular, los incendios, las inundaciones y las
interrupciones de la actividad empresarial de las que no somos
responsables, como los conflictos laborales y las huelgas o los actos
administrativos oficiales, así como las dificultades de suministro y
otras interrupciones del funcionamiento de las instalaciones, de las que
no somos responsables.
3.5 Comunicaremos sin demora al
cliente la ocurrencia y el cese de la fuerza mayor, e intentaremos en la
medida de lo posible rectificar dicha fuerza mayor, así como limitar
los efectos de la misma, en tanto sea posible. Las notificaciones se
realizan en forma de texto o por escrito y, en casos urgentes, por
teléfono. Junto con el cliente, acordaremos la forma de proceder en caso
de fuerza mayor.
3.6 Nosotros elegiremos el modo de envío y
embalaje. Esto no se aplicará en caso que el cliente haya dado
instrucciones explícitas. Podrá acordarse un enfoque diferente en forma
de texto o por escrito. Las entregas parciales son válidas y se
facturarán por separado.
4. Precios y pagos
4.1
El precio estipulado en nuestra confirmación de pedido se aplicará
en todo momento, a menos que se acuerde lo contrario por escrito, y por
lo demás el precio indicado en nuestra lista de precios en la fecha de
aceptación del pedido.
4.2 Nuestros precios son netos,
"franco en fábrica" más el impuesto sobre el valor añadido, los costes
de transporte y el embalaje.
4.3 En el caso de que nuestros
servicios se presten más de 4 semanas después de la finalización del
contrato, estaremos autorizados a realizar un ajuste de precio razonable
de hasta 10% en caso de que se produzcan cambios significativos en
nuestros costes de procesamiento y, en particular, en relación con un
cambio en los costes delas materias primas que procesaremos, salarios,
tarifas de flete, costes de energía, impuestos, aduanas, etc. En el caso
de que se produzca un ajuste de precio de más de 10%, el cliente estará
obligado a negociar una modificación de precio adecuada con nosotros.
Si no fuera posible acordar un ajuste de precios, o si las negociaciones
fracasaran, estaremos autorizados a retirarnos del acuerdo.
4.4
El cliente sólo podrá compensar los gastos que sean indiscutibles y
legalmente válidos. Se exceptúan los reclamos a los que el cliente tiene
derecho debido a la rescisión.
4.5 Los pagos realizados por
el cliente se compensarán en primer lugar con el reclamo principal, a
continuación con los posibles intereses y, a continuación, con otros
posibles gastos, de forma diferente a lo establecido en el artículo 367
del Código Civil alemán (BGB).
4.6 Los pagos se considerarán
efectuados una vez que hayamos podido gestionar la suma en consecuencia.
En el caso de un pago mediante valores cuya aceptación está sujeta a
reserva según el caso individual, los pagos sólo se considerarán
efectuados en el momento del cobro de los valores. Los costes y
honorarios asociados correrán a cargo del comprador.
4.7
Siempre que se haya acordado el pago mediante domiciliación bancaria y
que la contraparte haya otorgado un mandato de domiciliación bancaria a
ASSMANN Electronic GmbH, se aplicará lo siguiente: ASSMANN Electronic
GmbH notificará normalmente el cargo por domiciliación bancaria arriba
mencionado junto con la emisión de la factura correspondiente y al menos
1 (una) fecha de calendario antes de la fecha de vencimiento de la
domiciliación bancaria ("preaviso"). El importe cobrado puede, en casos
individuales, desviarse del importe notificado en la factura, en caso de
que la contraparte haya recibido una nota de crédito entre la emisión
de la factura y la fecha de vencimiento, o en caso de que se hayan
cancelado transacciones específicas. La contraparte tiene la obligación
de asegurarse de que se dispone de suficiente crédito en la cuenta
especificada para la domiciliación bancaria y de que ASSMANN Electronic
GmbH puede realizar el cargo de los importes adeudados. Esta obligación
se aplicará también en la medida en que la otra parte contratante no
reciba una notificación previa en casos concretos o en caso de que no la
reciba a su debido tiempo.
5. Condiciones de pago y reserva de prestaciones complementarias
5.1 El pago se efectuará en su totalidad en el momento de la entrega.
5.2
Los pagos se realizarán dentro de los 14 días siguientes a la fecha
de la factura, sin deducciones, a menos que se acuerde lo contrario. En
caso de que el cliente incumpla los plazos de pago correspondientes,
estaremos autorizados a reclamar intereses de demora hasta el importe
legal, independientemente de otros derechos.
5.3 En caso de
que existan defectos, el cliente no tendrá derecho a retención, a menos
que el cliente tenga un derecho evidente de rechazo de la aceptación. En
tal caso, el cliente sólo tendrá derecho a una retención
correspondiente, en la medida en que el importe retenido sea adecuado
teniendo en cuenta los defectos y los costes previstos de la prestación
complementaria respectiva (y, en particular, los costes de una
rectificación de defectos).
5.4 El cliente no estará
autorizado a exigir los reclamos y derechos por defectos en caso de que
no haya efectuado el pago debido y en la medida en que el importe
adeudado (incluidos los posibles pagos ya efectuados) no refleje
razonablemente el valor del trabajo a realizar en relación con los
defectos.
6. Reserva de derechos de propiedad
6.1
Los bienes suministrados seguirán siendo de nuestra propiedad hasta
el cumplimiento de todas las obligaciones a las que tenemos derecho por
parte del cliente en virtud de la relación comercial.
6.2 El
cliente puede procesar o utilizar los bienes suministrados. El
tratamiento se lleva a cabo en nuestro nombre. Si el valor de los bienes
que nos pertenecen es inferior al valor de los bienes que no están en
nuestra posesión y/o de los bienes procesados, adquiriremos la
copropiedad de los nuevos bienes en relación con el valor (valor bruto
de facturación) de los bienes procesados en relación con el valor de
otros bienes procesados y/o de los bienes procesados en el momento del
procesamiento. En la medida en que no adquiramos la propiedad de los
nuevos bienes según lo estipulado anteriormente, el cliente nos
concederá la copropiedad de los nuevos bienes en relación con el valor
(valor bruto de facturación) de los nuevos bienes que pertenecen al
cliente en comparación con los otros bienes procesados en el momento de
su procesamiento. El enuncaido anterior se aplica en consecuencia en el
caso de mezclas o enlaces inseparables. En la medida en que adquiramos
la propiedad o copropiedad, el cliente almacenará los bienes en nuestro
nombre con la debida diligencia de un empresario prudente.
6.3
En caso de venta de bienes o de nuevos bienes, el cliente nos cede
sus derechos de reventa frente a sus clientes (terceros), incluidos
todos los derechos accesorios, como garantía, y sin que ello requiera
una confirmación por separado. La transferencia incluirá todas las
posibles solicitudes de saldo de pago. Sin embargo, la transferencia
sólo será hasta el importe correspondiente al precio del bien facturado
por nosotros. La parte del crédito que se nos transfiera se cumplirá con
prioridad.
6.4 Salvo en caso de revocación, el cliente
estará autorizado a confiscar los créditos transferidos. El cliente nos
remitirá todos los pagos realizados por los reclamos transferidos hasta
el importe de los reclamos garantizados. En caso de intereses
justificados, y especialmente en caso de falta de pago, suspensión de
pagos, apertura de procedimientos de insolvencia, protesta de nota o
indicios justificados de sobreendeudamiento, o una incapacidad inminente
del cliente para efectuar el pago, tendremos derecho a revocar la
autorización de confiscación del cliente. Además, podemos divulgar la
transferencia de valores, hacer uso de los reclamos transferidos, así
como revelar la transferencia de valores por parte del cliente a sus
clientes (terceros) tras la notificación previa, y siempre que se
respete un plazo adecuado.
6.5 En caso de interés legítimo,
el cliente deberá divulgarnos la información necesaria para reclamar
tales derechos frente a clientes (terceros) y deberá entregarnos los
documentos requeridos.
6.6 Mientras se aplique la reserva de
propiedad, se prohibirá al cliente la cesión en garantía o la
transferencia de valores. En caso de cesión en garantía, confiscación o
cualquier otro pedido o intervención de terceros, el cliente deberá
notificárnoslo inmediatamente.
6.7 En la medida en que el
valor realizable de todos los títulos, a los que tenemos derecho, exceda
la suma de todos los derechos garantizados en más de 10%, liberaremos
una parte proporcional de los títulos a petición del cliente. Se supone
que se han cumplido las condiciones del enunciado anterior, en la medida
en que el valor estimado de las garantías a las que tenemos derecho
alcance o supere el 150% del valor de los reclamos garantizados. Podemos
elegir entre las respectivas garantías en caso de liberación.
6.8
En caso de incumplimiento de obligaciones por parte del cliente, y
especialmente en caso de falta de pago, tendremos derecho a exigir la
devolución de los bienes o de los nuevos bienes -incluso sin fijar un
plazo de entrega- y/o a rescindir el contrato -si fuera necesario, tras
el establecimiento de un plazo de entrega-; el cliente estará obligado a
devolver los bienes en consecuencia. Una solicitud de liberación de los
bienes o los nuevos bienes no se considerará como una cancelación, a
menos que se especifique explícitamente.
7. Garantía
7.1
Una condición para la concesión de la garantía contra nosotros es
que el cliente cumpla con sus obligaciones según el artículo 377 del
Código Comercial (HGB), es decir, las llamadas notificaciones por
defectos. Una notificación por defecto se considerará presentada a
tiempo si el cliente la envía en un plazo de tres días laborables a
partir de la recepción de la entrega o, en caso de vicios ocultos, a
partir de la fecha en que se descubra el vicio. Si los bienes han sido
aceptados por el cliente, o si se ha realizado un control in situ, se
excluirá una notificación por defectos, siempre y cuando éstos se hayan
podido identificar en ese momento. Los daños de transporte o las
cantidades faltantes reconocibles en el momento de la entrega se
indicarán además en el acuse de recibo del transportista de acuerdo con
el artículo 438 del Código Comercial (HGB).
7.2 En caso de
que al comprobar una notificación por defectos, ésta resulte
injustificada y el cliente haya tenido conocimiento de la inexistencia
de dicho defecto en el momento de presentar la notificación, o en caso
de que haya cometido una notificación por error debido a negligencia,
el cliente deberá reembolsar los daños y perjuicios sufridos. En este
caso se cobrará una tarifa fija de 100 €. Nos reservamos el derecho de
exigir una compensación adicional. El cliente tendrá derecho a demostrar
que el defecto notificado existe y/o que hemos incurrido en costes
inferiores a la tarifa fija estipulada en relación con el proceso de
comprobación.
7.3. En caso de que la notificación esté
justificada, se procederá a la subsanación del defecto o a se proveerá
un remplazo. Si no fuera posible subsanar el defecto en un plazo
adecuado estipulado por el cliente, éste podrá optar por solicitar un
descuento o emitir una cancelación. Una cancelación no será posible en
caso de defectos menores.
7.4 Los reclamos de garantía no se
aplicarán en caso de desviaciones menores de la calidad acordada o de
limitaciones menores con respecto a la utilidad respectiva.
7.5
Nos haremos cargo de todos los gastos relacionados con la
subsanación de los defectos, incluidos los gastos de transporte,
desplazamiento, trabajo y material. Esto no se aplicará en caso de que
los costes de la subsanación de defectos aumenten como consecuencia de
la prestación de dichos servicios en un lugar distinto del domicilio
social del cliente, a menos que dicho traslado se ajuste a la normativa
correspondiente.
7.6 Nos reservamos el derecho de rechazar la
subsanación de los defectos, siempre y cuando ello sólo sea posible si
se incurre en gastos no razonables.
8. Responsabilidad
8.1
Asumiremos la responsabilidad en caso de dolo y negligencia grave
de nuestra parte o de parte de nuestros representantes o asistentes, así
como en caso de lesiones culposas contra la vida, la integridad física o
la salud, de conformidad con las disposiciones legales.
8.2
En todos los demás casos, sólo seremos responsables de acuerdo con la
ley de responsabilidad por productos defectuosos, debido a un
incumplimiento culposo de obligaciones contractuales importantes, o en
la medida en que hayamos ocultado maliciosamente los defectos
respectivos, o en la medida en que hayamos aceptado una garantía
adecuada con respecto a la calidad del servicio. 2. No obstante, la
indemnización por incumplimiento de obligaciones contractuales
significativas se limitará a los daños previsibles típicos de tales
acuerdos, a menos que se aplique al mismo tiempo otro caso excepcional
de los enumerados en el párrafo 1.
8.3 Las disposiciones de
los párrafos anteriores se aplicarán a todos los reclamos de
indemnización (y en particular a la indemnización adicional al servicio y
a la indemnización en lugar del servicio), independientemente de la
razón legal aplicable, y en particular si se basan en defectos,
incumplimientos de obligaciones contractuales y acciones ilegales. Se
aplicarán también a los reclamos relativos al reembolso de gastos
inútiles. La responsabilidad por incumplimiento se se basará en el item 9
de estas condiciones, la responsabilidad por imposibilidad se basará en
el item 10 de estas condiciones.
8.4 Las disposiciones anteriores no supondrán una modificación de la carga de la prueba enperjuicio del cliente.
9. Responsabilidad limitada - incumplimiento
9.1
Asumiremos la responsabilidad de los retrasos en el servicio en
caso de dolo o negligencia grave por nuestra parte o por parte de uno de
nuestros representantes o asistentes, así como en caso de daños
culposos a la vida, la integridad física o la salud, de conformidad con
las disposiciones legales. No obstante, nuestra responsabilidad en caso
de negligencia grave se limitará a los daños previsibles típicos de
tales acuerdos, a menos que se aplique al mismo tiempo otro de los casos
excepcionales antes mencionados.
9.2 Aparte de los casos
enumerados en el párrafo 1, la responsabilidad del cliente por
incumplimiento se limitará a la compensación del propio servicio, así
como a los daños previsibles típicos de tales acuerdos, así como a los
daños previsibles típicos de tales acuerdos en caso de compensación en
lugar del servicio respectivo (incluido el reembolso de gastos
inútiles).
9.3 Quedan excluidos los reclamos adicionales del
cliente, incluso en caso de vencimiento de un plazo establecido para los
servicios del contratista. La limitación no se aplicará en caso de
incumplimiento culposo de obligaciones contractuales importantes. 2. No
obstante, la indemnización por incumplimiento culposo de obligaciones
contractuales importantes se limitará a los daños previsibles típicos de
tales acuerdos, a menos que se aplique lo dispuesto en el párrafo 1.
9.4 El derecho del cliente a rescindir el contrato no se verá afectado.
9.5 Las disposiciones anteriores no supondrán una modificación de la carga de la prueba en perjuicio del cliente.
10. Responsabilidad limitada – imposibilidad
10.1
Asumiremos la responsabilidad de los casos de imposibilidad del
servicio en caso de dolo o negligencia grave de nuestra parte o de parte
de uno de nuestros representantes o asistentes, así como en caso de
daños culposos a la vida, la integridad física o la salud, de
conformidad con las disposiciones legales. No obstante, la
responsabilidad del contratista en caso de negligencia grave se limitará
a los daños previsibles típicos de tales acuerdos, salvo que se aplique
al mismo tiempo otro de los casos excepcionales antes mencionados.
10.2
Aparte de los casos enumerados en el apartado 1, nuestra
responsabilidad por imposibilidad se limitará a la indemnización y al
reembolso de los gastos inútiles en relación con los daños previsibles
típicos de tales acuerdos.
10.3 Quedan excluidos los reclamos
adicionales del cliente, incluso en caso de vencimiento de un plazo
establecido para los servicios del contratista. No obstante, la
indemnización por incumplimiento culposo de obligaciones contractuales
importantes se limitará a los daños previsibles típicos de tales
acuerdos, a menos que se aplique lo dispuesto en el párrafo 1.
10.4 El derecho del cliente a rescindir el contrato no se verá afectado.
10.5 Las regulaciones anteriores no significarán un cambio en la carga de la prueba en perjuicio del cliente.
11. Condiciones específicas de cancelación
En
caso de incumplimiento de las obligaciones contractuales, el cliente
deberá declarar si se retira del contrato por incumplimiento de las
obligaciones contractuales o si insiste en el servicio, es decir,
dentro de un plazo de tiempo adecuado tras nuestra solicitud.
12. Devoluciones
Las
devoluciones se enviarán gratuitamente a ASSMANN Electronic GmbH, Auf
dem Schüffel 3, 58513 Lüdenscheid, y sólo se aceptarán previa
comprobación por nuestra parte. Las devoluciones sólo podrán ser
procesadas por nosotros, a menos que se acuerde lo contrario, si
contienen un comprobante de devolución, en el que se indique el RMA y el
número de cliente. El cliente puede obtener el comprobante de
devolución y el número RMA poniéndose en contacto con la oficina de
Lüdenscheid por escrito o por teléfono al 02351/554-335, fax
02351/554-554 99 335 o en línea a través de www.assmann.com. La
divulgación de un número RMA no significa que el defecto o la reclamo
del cliente sea aceptado. El cliente asume los riesgos de la devolución,
incluido el riesgo de pérdida accidental.
13. Transferencia
La
transferencia de cualquier reclamo del cliente contra nosotros basada
en la relación comercial respectiva requerirá nuestro consentimiento por
escrito, para que sea válida. Sólo podremos rechazar dicho
consentimiento si el cliente no tiene un interés justificado.
14. Confidencialidad
14.1
La protección de la información legalmente protegida y/o
confidencial estará sujeta a confidencialidad. El término información
legalmente protegida y/o confidencial (en adelante: información secreta)
se refiere, en particular, a toda la información técnica y científica
relativa a una de las partes contratantes y/o a las empresas afiliadas a
una de las partes contratantes. Al finalizar este acuerdo, las partes
estarán obligadas a tratar confidencialmente cualquier información
secreta recibida por la otra parte. En particular, se tratarán con
carácter confidencial:
a) Todos los documentos puestos a
disposición, tales como muestras, modelos, dibujos, especificaciones y
datos informáticos relativos a las actividades comerciales de las
partes, que la otra parte ponga a disposición de la parte receptora
directa o indirectamente;
b) Otra información relativa a las
operaciones comerciales de las partes, tales como procesos operativos,
actas de reuniones o propuestas;
c) La información de
cualquier tipo puesta a disposición de las partes a lo largo de la
vigencia del presente acuerdo, como la cooperación en general, los datos
relativos a empleados, contratistas, clientes, socios o proveedores,
independientemente de que se divulguen directa o indirectamente,
verbalmente o por escrito, en soportes de datos, a través de la
transferencia electrónica de datos o de cualquier otra forma.
14.2
La información secreta no podrá ponerse a disposición de
terceros directa o indirectamente, ya sea verbalmente, por escrito o de
cualquier otra forma. Sólo podrá utilizarse en el contexto de las
discusiones contractuales entre las partes.
14.3 La información no se considerará secreta si
a) puede demostrarse que ya había sido publicada en el momento de su transmisión a la otra parte;
b) puede demostrarse que ya era conocida por el tercero o estaba a disposición del público en el momento de su transmisión;
c)
una de las partes está obligada por ley o por medio de un documento
administrativo válido revelar la información, en la medida en que la
obligación respectiva se notifique por escrito a la otra parte antes de
divulgar la misma, e incluida una declaración de un abogado que
demuestre la obligación.
14.4 La información secreta se
utilizará exclusivamente con fines contractuales. Debe tratarse de
manera estrictamente confidencial y sólo puede divulgarse a su propio
personal, a las empresas afiliadas y a su personal, así como a terceros y
a su personal, en la medida en que estos necesiten conocer la
información secreta respectiva para fines contractuales.
14.5
Las partes estarán obligadas a no utilizar información secreta
comercialmente, o para un propósito, que pueda perjudicar a la otra
parte en lo que respecta a su posición competitiva o a sus relaciones
con los clientes.
14.6 No está permitida la transmisión de
información secreta a terceros. A menos que las partes lo hayan
consentido por escrito con antelación.
14.7 Las partes
estarán autorizadas a enviar información secreta al personal, a las
compañías afiliadas y a su personal, así como a las compañías de
consultoría externa y a los bancos que financian la transacción, siempre
y cuando se pueda asegurar que están contractualmente obligados a
mantener el mismo nivel de confidencialidad que el presente contrato.
14.8
Las partes serán responsables de cumplir con las obligaciones
especificadas en este acuerdo a través de su propio personal, empresas
afiliadas y su personal, así como de los terceros involucrados y su
personal. Esto también se aplica en caso de que la otra parte esté de
acuerdo con el envío de la misma por escrito por adelantado.
14.9
Los soportes de datos, tales como dispositivos, soportes de datos,
fotografías, dibujos, información, datos u otros materiales
intercambiados en relación con este contrato seguirán siendo propiedad
de la parte que los entregue.
14.10 Cada una de las partes
devolverá a la otra parte, por cuenta propia y a petición de la otra
parte en cualquier momento, todos los soportes de datos puestos a su
disposición, así como todas las copias de los datos contenidos en los
mismos o cualquier otra copia de los mismos, especialmente en caso de
rescisión del contrato. No habrá derechos de retención.
14.11
En el caso de que no sea posible la devolución en casos individuales, o
en el caso de datos electrónicos, los datos serán destruidos o
eliminados. La destrucción o eliminación debe confirmarse en
consecuencia.
14.12 Los soportes de datos, incluyendo copias y
otros duplicados, que hayan sido adquiridos por una de las partes a la
otra parte a cambio de un pago, o que sean requeridos por una de las
partes, para cumplir con sus obligaciones de documentación según un
acuerdo separado finalizado entre las partes, o de acuerdo con los
requisitos legales, estarán exentos de la obligación de devolución.
14.13
La declaración correspondiente deberá solicitarse por escrito. Tras
la recepción de una solicitud de devolución por escrito, la parte
receptora estará obligada a cumplir la solicitud de devolución en un
plazo de tres días laborables. Además, la parte receptora estará
obligada a demostrar el cumplimiento de sus obligaciones y, en
particular, a confirmar la destrucción o supresión por escrito o en
forma de texto.
14.14 No seremos responsables de la exactitud
e integridad de la información secreta enviada por nosotros. Esto se
aplica en particular en el caso de que nosotros mismos hayamos recibido
la información secreta de un tercero. La exención de responsabilidad no
afectará a la posible responsabilidad basada en otra relación
contractual entre las partes, especialmente en lo que se refiere a otros
posibles acuerdos marco y de entrega.
14.15 Para cada caso
de incumplimiento de esta obligación de confidencialidad, la parte
afectada por el incumplimiento estará autorizada a solicitar una multa
contractual a la parte incumplidora, cuyo monto será estipulado a
discreción de la parte afectada, y la parte incumplidora podrá verificar
la idoneidad de la misma con el tribunal responsable de acuerdo con la
figura 18 de este acuerdo.
14.16 Independientemente de la
duración de este contrato, las obligaciones de confidencialidad según
este contrato se aplicarán durante 36 meses después de la terminación de
la relación comercial.
15. Derechos de propiedad comercial, derechos de autor
15.1
Por lo general, existen derechos de propiedad/ derechos de autor en
posesión de los fabricantes/licenciantes con respecto a los productos,
incluidos diagramas de cableado, dibujos, bocetos, descripciones y
documentos similares, así como software. El cliente no podrá modificar,
cubrir ni eliminar las indicaciones de tales derechos de propiedad con
respecto a los productos .
15.2 El cliente estará
obligado a informar a sus clientes (terceros) sobre los derechos de
propiedad y las condiciones de licencia de los fabricantes mencionados
anteriormente, así como sobre cualquier limitación incluida en los
respectivos términos de licencia.
15.3 Sólo seremos
responsables de los daños y perjuicios que se deriven de la vulneración
de dichos derechos de propiedad, si conocíamos o debíamos haber conocido
la existencia de los mismos, y si ello ha dado lugar a que el cliente
haya sido objeto de reclamaciones por parte de terceros.
15.4
No obstante, en caso de negligencia simple y grave, nuestra
responsabilidad se limitará a los daños previsibles típicos de dichos
contratos.
16. Declaración de consentimiento de protección de datos
El
cliente acepta que los datos requeridos sean almacenados por nosotros
electrónicamente con fines de procesamiento y contabilidad, teniendo en
cuenta los requisitos legales de protección de datos.
17. Prescripción
17.1
El plazo de prescripción para los reclamos y derechos basados en
defectos de entrega - independientemente de la razón legal - será de un
año. Esto no se aplicará en el caso del artículo 438, párrafo 1, nº 2
del Código Civil alemán (BGB) (construcción, materiales de
construcción), que estará sujeto a un plazo de prescripción de tres
años. Sin embargo, las disposiciones de esta cifra no se aplicarán a los
reclamos de limitación de plazos de contribución del vendedor de
acuerdo con el artículo 479, párrafo 2, del Código Civil alemán (BGB).
17.2
Los plazos de prescripción según el párrafo 1 se aplicarán también a
todos los reclamos contra nosotros en relación con defectos,
independientemente del fundamento jurídico del reclamo.
17.3 No obstante, los plazos de prescripción previstos en los párrafos 1 y 2 se aplicarán en la medida siguiente:
a.
Por lo general, el plazo de prescripción no se aplica en caso de
dolo o en caso de ocultación dolosa de un defecto, o en la medida en que
hayamos ofrecido una garantía en cuanto a la calidad del servicio.
b.
En caso de reclamos de indemnización, el plazo de prescripción
tampoco se aplicará en caso de incumplimiento de obligaciones por
negligencia grave, en caso de incumplimiento culposo de obligaciones
contractuales importantes -no basadas en la entrega de mercancías
defectuosas- y en caso de daños culposos a la vida, la integridad física
o la salud, o en caso de reclamos de conformidad con la ley de
responsabilidad por productos defectuosos.
c. El plazo de prescripción de los reclamos de indemnización se aplicará también al reembolso de los gastos inútiles.
17.4 El plazo de prescripción para todos loas reclamos comenzará en el momento de la entrega.
17.5
A menos que se estipule lo contrario, no se verán afectadas las
disposiciones legales relativas al inicio del plazo de prescripción, la
suspensión del plazo de prescripción, así como la suspensión y la
reanudación de los plazos.
17.6 Las disposiciones anteriores
se aplican en consecuencia a los reclamos de indemnización que no estén
relacionadas con defectos; en cuanto al plazo de prescripción, par. Se
aplicará en consecuencia la primera frase del párrafo 1.
17.7 Las disposiciones anteriores no modifican la carga de la prueba en detrimento del cliente.
18. Jurisdicción y elección de la ley aplicable
18.1
Para todos los litigios basados en esta relación contractual, y
siempre que el cliente sea un empresario, una persona jurídica de
derecho público o un bien especial de derecho público, el fuero
exclusivo para ambas partes será Lüdenscheid.
18.2 El derecho
alemán se aplicará a la relación jurídica de las partes, es decir, sin
referencia a las disposiciones del derecho civil internacional y
excluyendo el derecho de compra de la ONU.
19. Disposiciones finales
19.1 Los acuerdos verbales sólo se aplicarán si son confirmados por nosotros por escrito o en forma de texto.
19.2 El idioma contractual auténtico será el alemán.
19.3
En caso de que algunas de las estipulaciones de estas condiciones sean
olleguen a ser inválidas, la validez y ejecutabilidad de las
estipulaciones restantes no se verán afectadas. El cliente estará
obligado a acordar con nosotros una estipulación de sustitución que sea
válida, ejecutable y adecuada para los fines de la cesión, protegiendo
al mismo tiempo los intereses mutuos .